Casa en remate judicial - El Bosque, Cartagena
Inmueble ubicado en la Transversal 49 No. 21 B - 36, Barrio El Bosque, Cartagena, Bolívar
Transversal 49 No. 21 B - 36
Este casa ubicado en el barrio El Bosque, Cartagena, Bolívar sale a remate judicial. La audiencia de remate está programada para el martes, 26 de mayo de 2026 a las 09:00, en modalidad virtual. El valor base de la subasta es $ 125.132.700, equivalente al 70% del avalúo de $ 178.761.000. El remate se adelanta, dentro de un proceso ejecutivo, ante el JUZGADO SEGUNDO MUNICIPAL DE PEQUEÑAS CAUSAS LABORALES DE CARTAGENA.
Proceso
- Juzgado
- JUZGADO SEGUNDO MUNICIPAL DE PEQUEÑAS CAUSAS LABORALES DE CARTAGENA
- No. Proceso
- 13001-...
- Tipo proceso
- Ejecutivo
- Demandantes
- [1 parte]
- Demandados
- [4 partes]
Bien inmueble
- Descripcion
- Inmueble ubicado en la Transversal 49 No. 21 B - 36, Barrio El Bosque, Cartagena, Bolívar
- Folio matricula
- 060-...
- Barrio
- El Bosque
Remate
- Fecha
- martes, 26 de mayo de 2026
- Hora
- 09:00
- Modalidad
- virtual
- Avaluo
- $ 178.761.000
- Base remate
- $ 125.132.700
- Porcentaje
- 70%
Contacto
- Juzgado
- j*****@******.co
- Secuestre
- ELSA...
- Telefono
- 323****33
- Email secuestre
- ••••••••••
FECHA: 2026-05-10 CATEGORÍA: Edictos art. 450 c.g.p AVISO DE REMATE. El [juzgado protegido] febrero de dos mil veintiséis (2026), AVISA que dentro del proceso EJECUTIVO LABORAL SEGUIDO DE ORDINARIO por [parte demandante] contra [parte demandada], [parte demandada], [parte demandada] y [parte demandada] radicado 13001- 41- 05- 002- 2018- 00025- 00 se llevará a cabo diligencia de remate el día VEINTISÉIS (26) DE MAYO DE DOS MIL VEINTISÉIS (2026) a las NUEVE DE LA MAÑANA (09:00 A.M.), para que tenga lugar la diligencia de REMATE sobre el bien inmueble identificado con Folio de Matrícula Inmobiliaria No. [matrícula protegida] ubicado en la [dirección protegida], Barrio [barrio protegido], Cartagena, Bolívar. De propiedad de los demandados [parte demandada], [parte demandada], [parte demandada] y [parte demandada], que se encuentra debidamente embargado, secuestrado y avaluado. El bien inmueble está avaluado por la suma de Ciento setenta y ocho millones setecientos sesenta y un mil pesos. $178.761.000, Será postura admisible la que cubra el 70% del avaluó total dado al bien mueble, previa consignación del 40% del total del avalúo. Dinero que deberá consignarse mediante la constitución de un título de depósito judicial y a favor del proceso de la referencia en la cuenta de depósitos judiciales del Banco Agrario de Colombia, número de cuenta 130012051102 es DEL [juzgado protegido] Secuestre: La señora [secuestre], identificada con C.C. [documento protegido], Dirección: [dirección protegida] NIT.: 900.934.430-7 dirección: [dirección protegida] correo electrónico institucional del despacho [correo protegido] Infórmese a las partes y a los interesados en la diligencia de remate, que el Despacho ha establecido los siguientes parámetros para dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 451 y siguientes del Código General del Proceso, en concordancia con el artículo 7 del Decreto 806 de 2020 y la circular PCSJC21-26 del 17 de noviembre de 2021. 1. Depósito para hacer postura en el remate virtual: Toda persona que pretenda hacer postura en el "Módulo de Subasta Judicial Virtual" deberá consignar en dinero, a órdenes del juzgado, y al correspondiente proceso judicial, el porcentaje que se indique del avalúo del respectivo bien objeto de remate, en la forma y en la oportunidad señalada en los artículos 451 y 452 del Código General del Proceso. 2. Presentación de la oferta: Las personas que pretendan hacer postura deberán tener en cuenta lo siguiente: a) Las ofertas serán reservadas y permanecerán bajo custodia del juez, en el buzón digital del despacho para lo cual se dispone el correo electrónico: [correo protegido] En la celebración de la audiencia virtual será necesaria la presencia de los postores, que hubieren hecho ofertas. b) Para la postura en el remate virtual, la oferta debe remitirse de forma digital, legible, debidamente suscrita y protegida por una contraseña; la clave será suministrada por el ofertante únicamente al Juez en el desarrollo de la audiencia virtual, en la forma y oportunidad prevista en el artículo 452 del Código General del Proceso. c) El juez o el encargado de realizar la audiencia virtual de remate abrirá la oferta digital y leerá las ofertas en la oportunidad, con las formalidades y los requisitos señalados en el artículo 452 del Código General del Proceso. d) Sólo se tendrán por presentadas en debida forma las posturas electrónicas que cumplan todos los requisitos y que sean allegadas dentro de las oportunidades previstas en los artículos 451 y 452 del Código General del Proceso.3. Contenido de la postura (artículo 451 y 452 del Código General del Proceso) Todas las posturas de remate presentadas deberán contener como mínimo la siguiente información: a) Bien o bienes individualizados por los que se pretende hacer postura. b) Cuantía individualizada por cada bien al que se hace postura. c) El monto por el que hace la postura. d) La oferta debe estar suscrita por el interesado. Si es persona natural se deberá indicar nombre completo e identificación del postor, número de teléfono y correo electrónico de éste o su apoderado cuando se actúe por intermedio de aquél. Si esa una persona jurídica deberá informar la Razón Social de la entidad, Número de Identificación Tributaria (NIT), nombre completo del representante legal, número de identificación del representante legal, número de teléfono y correo electrónico de la entidad o del apoderado judicial si se actúa a través de este. e) Copia del documento de identidad del postor si éste es persona natural, o de Certificado de Existencia y Representación Legal si el postulante es una persona jurídica, con fecha de expedición no superior a 30 días. f) Copia del poder y documento de identidad del apoderado, con la facultad expresa cuando se pretenda licitar o solicitar adjudicación en nombre de su representado. g) Copia del comprobante de depósito judicial para hacer la postura correspondiente en los términos de los previsto en el en el artículo 451 del Código General del Proceso. h) A fin de salvaguardar la reserva y seguridad que debe contener la oferta digital conforme a las formalidades exigidas por el artículo 452 del Código General del Proceso, la postura electrónica y todos sus anexos, deberá constar en un solo archivo digital, el cual estará protegido con la respectiva contraseña que le asigne el postulante. i) La oferta digital deberá remitirse única y exclusivamente, al correo designado por el despacho, esto es, [correo protegido] La diligencia se iniciará a la hora y en la fecha indicada y no se cerrará, sino transcurrida una hora. El presente aviso se elabora a fin de ser publicado en los términos del Art. 450 del C.G.P. El [juzgado protegido] pdf Imprimir Correo
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