Street ViewCasa en remate judicial - Los Carruajes, Galapa
Una vivienda de 34.95 M2 de construcción, con todas sus anexidades y dependencias construida sobre el Lote No 1 de la manzana No 5, ubicado en la carrera 16A N° 2C -24 de la Urbani…
carrera 16A N° 2C -24, Urbanización Manga de Pital, Galapa, Atlántico
Este casa ubicado en el barrio Los Carruajes, Galapa, Atlántico sale a remate judicial. La audiencia de remate está programada para el martes, 20 de enero de 2026 a las 11:30 AM, en modalidad presencial con sobres cerrados. El valor base de la subasta es $ 38.931.747, equivalente al 70% del avalúo de $ 55.616.782. El remate se adelanta, dentro de un proceso ejecutivo, ante el Juzgado Primero Promiscuo Municipal de Galapa.
Proceso
- Juzgado
- Juzgado Primero Promiscuo Municipal de Galapa
- No. Proceso
- 082964089-...
- Tipo proceso
- Ejecutivo
- Demandantes
- [1 parte]
- Demandados
- [1 parte]
Bien inmueble
- Descripcion
- Una vivienda de 34.95 M2 de construcción, con todas sus anexidades y dependencias construida sobre el Lote No 1 de la manzana No 5, ubicado en la carrera 16A N° 2C -24 de la Urbani…
- Folio matricula
- 040-...
- Barrio
- Los Carruajes
Remate
- Fecha
- martes, 20 de enero de 2026
- Hora
- 11:30 AM
- Modalidad
- Presencial con sobres cerrados
- Avaluo
- $ 55.616.782
- Base remate
- $ 38.931.747
- Porcentaje
- 70%
Contacto
- Juzgado
- j*****@******.co
- Secuestre
- JAN...
- Telefono
- 301****93
- Email secuestre
- j*****@*******.com
Clasificados Vehículos Inmuebles Empleos Varios precio no suministrado Venta Descripción Consejo Superior de la Judicatura Consejo Seccional de la Judicatura del Atlántico [juzgado protegido] REMATE EL [juzgado protegido] – ATLÁNTICO ha señalado el día veinte (20) del mes de enero del 2026 a las 11:30 A.M., con el fin de llevar a cabo audiencia de remate del inmueble hipotecado, embargado, secuestrado y avaluado dentro del proceso de la referencia ubicado en la siguiente dirección: [dirección protegida] municipio de Galapa-Atlántico. Las medidas y linderos del lote son las siguientes: NORTE: mide 14.00 mts y linda con la calle 2D. SUR: mide 14.00 mts y linda con el lote 2. ESTE: mide 6.50 mts y linda con el lote 5. OESTE: mide 6.50 mts y linda con la carrera 16 A.”. A este inmueble le corresponde el folio de matrícula inmobiliaria N° [matrícula protegida] de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Barranquilla, de propiedad de la demandada [parte demandada] identificada con el número de cedula de ciudadanía N° 42.491.879. Bien inmueble avaluado en la suma de CINCUENTA Y CINCO MILLONES SEIS CIENTOS DIECISEIS MIL SETECIENTOS OCHENTA Y DOS PESOS CON SIETE CENTAVOS ($55.616.782.7), siendo postura admisible la que cubra el 70% de la base del avaluó. Del proceso EJECUTIVO PARA LA EFECTIVIDAD DE LA GARANTÍA REAL con radicación [número de proceso protegido] promovido por [parte demandante], identificado con NIT N° [documento protegido] contra la señora DELIA AMARILI ROSITO GARCÍA, identificada con el número de cedula de ciudadanía [documento protegido] seguido en el [juzgado protegido] secuestre designado el auxiliar de la justicia, señor [secuestre], identificado con Cedula de Ciudadanía N°1.129.529.486, localizado al número telefónico número: [teléfono protegido], correo electrónico: [correo protegido] El porcentaje que debe consignarse para hacer postura, será del 40% del avaluó respectivo. La licitación comenzara a las 11:30 AM, en la cual el secretario o el encargado de realizarlo anunciará en alta voz la apertura de la licitación, para que los interesados presenten en sobre cerrado sus ofertas para adquirir los bienes subastados. El sobre deberá contener además de la oferta suscrita por el interesado, el depósito previsto en el artículo 451 de C.G.P, cuando fuere necesario. Trascurrida una hora desde el comienzo de la licitación, el juez abrirá los sobres y leerá en alta voz, las ofertas que reúnan los requisitos señalados en el artículo 452 del C.G.P; siendo postura admisible la que cubra el 70% del avaluó que será base de la licitación, previa consignación del porcentaje legal de conformidad con el artículo 451 del C.G.P. Tenga en cuenta que la consignación del cuarenta por ciento (40%) del avaluó, deberán ser consignados en lo sucesivo a la cuenta No. [cuenta protegida] del BANCO AGRARIO cuyo titular es el [juzgado protegido] el No. 082964089001. Para efectos del artículo 450 del C.G.P, se expide el presente AVISO DE REMATE hoy 04 de diciembre de 2025 y copia de él se entregan al interesado para su publicación en un periódico de amplia circulación, el día domingo y con antelación no inferior a diez (10) días a la fecha señalada para el remate. Entréguense el mismo a la parte interesada, quien igualmente deberá allegar certificado de tradición y libertad del bien mueble actualizado, expedido dentro del mes anterior a la fecha previa para la diligencia de remate que podrá enviarlo al correo dispuesto para ello [correo protegido]. Atentamente; CINDY NORELLA MARTINEZ OLANO Secretaria Firmado Por: Cindy Norella Martinez Olano Secretaria [juzgado protegido] electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 9595 a011948 4dd2a0917 da696410577 07850f4f9422190 e28a 43cb600 10d0a10 Documento generado en 05/12/2025 06:37:41 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https:// firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/ FirmaElectronica. IDWEB:1583578 Ubicación Barranquilla Fecha de publicación Publicado 2026-06-14 00:00:00 Ficha técnica Detalles Adicionales Condiciones Consejo Superior de la Judicatura Consejo Seccional de la Judicatura del Atlántico [juzgado protegido] REMATE EL [juzgado protegido] – ATLÁNTICO ha señalado el día veinte (20) del mes de enero del 2026 a las 11:30 A.M., con el fin de llevar a cabo audiencia de remate del inmueble hipotecado, embargado, secuestrado y avaluado dentro del proceso de la referencia ubicado en la siguiente dirección: [dirección protegida] municipio de Galapa-Atlántico. Las medidas y linderos del lote son las siguientes: NORTE: mide 14.00 mts y linda con la calle 2D. SUR: mide 14.00 mts y linda con el lote 2. ESTE: mide 6.50 mts y linda con el lote 5. OESTE: mide 6.50 mts y linda con la carrera 16 A.”. A este inmueble le corresponde el folio de matrícula inmobiliaria N° [matrícula protegida] de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Barranquilla, de propiedad de la demandada [parte demandada] identificada con el número de cedula de ciudadanía N° 42.491.879. Bien inmueble avaluado en la suma de CINCUENTA Y CINCO MILLONES SEIS CIENTOS DIECISEIS MIL SETECIENTOS OCHENTA Y DOS PESOS CON SIETE CENTAVOS ($55.616.782.7), siendo postura admisible la que cubra el 70% de la base del avaluó. Del proceso EJECUTIVO PARA LA EFECTIVIDAD DE LA GARANTÍA REAL con radicación [número de proceso protegido] promovido por [parte demandante], identificado con NIT N° [documento protegido] contra la señora DELIA AMARILI ROSITO GARCÍA, identificada con el número de cedula de ciudadanía [documento protegido] seguido en el [juzgado protegido] secuestre designado el auxiliar de la justicia, señor [secuestre], identificado con Cedula de Ciudadanía N°1.129.529.486, localizado al número telefónico número: [teléfono protegido], correo electrónico: [correo protegido] El porcentaje que debe consignarse para hacer postura, será del 40% del avaluó respectivo. La licitación comenzara a las 11:30 AM, en la cual el secretario o el encargado de realizarlo anunciará en alta voz la apertura de la licitación, para que los interesados presenten en sobre cerrado sus ofertas para adquirir los bienes subastados. El sobre deberá contener además de la oferta suscrita por el interesado, el depósito previsto en el artículo 451 de C.G.P, cuando fuere necesario. Trascurrida una hora desde el comienzo de la licitación, el juez abrirá los sobres y leerá en alta voz, las ofertas que reúnan los requisitos señalados en el artículo 452 del C.G.P; siendo postura admisible la que cubra el 70% del avaluó que será base de la licitación, previa consignación del porcentaje legal de conformidad con el artículo 451 del C.G.P. Tenga en cuenta que la consignación del cuarenta por ciento (40%) del avaluó, deberán ser consignados en lo sucesivo a la cuenta No. [cuenta protegida] del BANCO AGRARIO cuyo titular es el [juzgado protegido] el No. 082964089001. Para efectos del artículo 450 del C.G.P, se expide el presente AVISO DE REMATE hoy 04 de diciembre de 2025 y copia de él se entregan al interesado para su publicación en un periódico de amplia circulación, el día domingo y con antelación no inferior a diez (10) días a la fecha señalada para el remate. Entréguense el mismo a la parte interesada, quien igualmente deberá allegar certificado de tradición y libertad del bien mueble actualizado, expedido dentro del mes anterior a la fecha previa para la diligencia de remate que podrá enviarlo al correo dispuesto para ello [correo protegido]. Atentamente; CINDY NORELLA MARTINEZ OLANO Secretaria Firmado Por: Cindy Norella Martinez Olano Secretaria [juzgado protegido] electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 9595 a011948 4dd2a0917 da696410577 07850f4f9422190 e28a 43cb600 10d0a10 Documento generado en 05/12/2025 06:37:41 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https:// firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/ FirmaElectronica. IDWEB:1583578 condiciones: Ut enim ad minim veniam, quis nostrud exercitation ullamco laboris nisi ut aliquip ex ea commodo consequat. Información del Anunciante Nombre: JULIO ADARRA PACHECO
Verificación y Transparencia
Origen de la Información
Estado del Aviso
Antes de hacer una postura, verifica
El proceso en Rama Judicial
Consultar proceso en Rama JudicialBusca por número de radicación (disponible con suscripción)
Contacto directo con el secuestre
Disponible con suscripción
¿Necesitas acompañamiento legal?
Conoce nuestras firmas aliadas especializadas en procesos ejecutivos y remates judiciales
Ver firmas aliadasRemates Colombia es un agregador privado de información pública. Complementamos pero NO reemplazamos la consulta oficial en juzgados. Ver nuestros estándares de datos