Inmueble en remate judicial - Robledo Aures, Medellín
Inmueble ubicado en la Calle 85 #95-68, Interior No.301, Barrio Robledo Aures, Municipio de Medellín - Antioquia, cuya área y linderos conforme a Escritura Pública N° 2220 del 11 d…
Calle 85 #95-68, Interior No.301
Este inmueble ubicado en el barrio Robledo Aures, Medellín, Antioquia sale a remate judicial. La audiencia de remate está programada para el martes, 14 de julio de 2026 a las 9:00 am, en modalidad virtual. El valor base de la subasta es $ 85.150.941, equivalente al 70% del avalúo de $ 121.644.202. El remate se adelanta, dentro de un proceso divisorio, ante el JUZGADO 06 CIVIL MUNICIPAL DE ORALIDAD DE MEDELLIN.
Proceso
- Juzgado
- JUZGADO 06 CIVIL MUNICIPAL DE ORALIDAD DE MEDELLIN
- No. Proceso
- 0500140030062020-...
- Tipo proceso
- Divisorio
- Demandantes
- [1 parte]
- Demandados
- [1 parte]
Bien inmueble
- Descripcion
- Inmueble ubicado en la Calle 85 #95-68, Interior No.301, Barrio Robledo Aures, Municipio de Medellín - Antioquia, cuya área y linderos conforme a Escritura Pública N° 2220 del 11 d…
- Folio matricula
- 01N-...
- Barrio
- Robledo Aures
Remate
- Fecha
- martes, 14 de julio de 2026
- Hora
- 9:00 am
- Modalidad
- Virtual
- Avaluo
- $ 121.644.202
- Base remate
- $ 85.150.941
- Porcentaje
- 70%
Contacto
- Juzgado
- ••••••••••
- Secuestre
- JUAN...
- Telefono
- 300****01
- Email secuestre
- ••••••••••
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Precio único
$14.900
Avalúo del inmueble
$ 121.644.202
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[juzgado protegido]: [número de proceso protegido] Proceso: Divisorio por venta. DEMANDANTE: [parte demandante] C.C [documento protegido]. DEMANDADA: [parte demandada] C.C [documento protegido] ASISTENTES A LA AUDIENCIA: *Sin asistentes a la audiencia. Se deja constancia que mediante circular CIRCULAR PCSJC21-26 del 17 de noviembre de 2021, el Consejo Superior de la Judicatura Fijó el Protocolo para las diligencias de remate indicando en el numeral 4.6: La celebración de la audiencia de remate en el "Modulo de Subasta Judicial Virtual" será virtual y pública, se desarrollará conforme a lo previsto en el artículo 452 del Código General del Proceso, mediante la herramienta tecnológica facilitadas por el Consejo Superior de la Judicatura (TEAMS), en la que los interesados podrán acceder mediante el link de acceso al remate virtual, que estará disponible en el micrositio del [juzgado protegido] remate. Acorde a lo estipulado en el Art. 452 del C. G. del P, verificado el certificado de libertad allegado dentro del término exigido por la ley, se puede observar que para el inmueble con FMI No. [matrícula protegida] se realizó la inscripción del proceso divisorio en Anotación Nro.003, sin demás anotaciones pendientes de cobro coactivo o similares. Siendo las nueve de la mañana (9:00 a.m.) se constituyó el Despachoen audiencia con el fin de llevar a efecto la venta en pública subasta en este proceso DIVISORIO POR VENTA, radicado bajo el N° 006-2020-00484, promovido por [parte demandante] en contra de [parte demandada], respecto al inmueble identificado con Folio de matrícula inmobiliaria N° [matrícula protegida] de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Medellín- Zona Norte, ubicado en la [dirección protegida], Interior No.301, Barrio [barrio protegido], Municipio de Medellín - Antioquia, cuya área y linderos de conformidad con lo dispuesto en la Escritura Pública N° 2220 del 11 de junio de 2011 de la Notaria Cuarta de Medellín -Antioquia. PROCEDENCIA DEL BIEN MATERIA DE SUBASTA, por Escritura Pública No.1.090 del 25 de marzo de 2003 de la Notaria 04 de Medellín, fue transferida la nuda propiedad por partes iguales a título de venta a [parte demandante] y a [parte demandada]. Previamente se cumplieron todas y cada una de las formalidades que exige la Ley para la subasta, esto es, se publicó el cartel de remate en el periódico El Colombiano el día 15 de marzo de 2026, tal y como consta en el expediente a folio 135. El avalúo del bien inmueble corresponde al avalúo comercial, el cual asciende a la suma de: ($121.644.202) para el inmueble identificado con FMI.No.[matrícula protegida] (Folio 126). No obstante, por declararse previamente el remate desierto, la suma de la consignación que realizarían los postores debía ser igual o superior al 40% sobre el (70%) del avalúo del inmueble identificado con FMI No.[matrícula protegida] que corresponde a la suma de ($ 85.150.941,4) como base para hacer postura, esto es, la suma de $ 34.060.376,56 (Art.411 del C.G.P. numeral 4). Abierta la licitación, no se hicieron presentes las partes ni sus apoderados y luego de haber transcurrido una (1) hora desde el inicio de la audiencia, sin que ningún postor solicitara el ingreso a la diligencia a través del correo del Juzgado, ni se hubiese realizado consignación alguna correspondiente al 40% sobre el 70% del avalúo sobre el bien inmueble, siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.) se DECLARA DESIERTO EL REMATE y se FIJA FECHA PARA NUEVA LICITACIÓN el día 14 de julio de 2026 a las 9:00 am, para lo cual, de conformidad con lo señalado en el artículo 411 inciso cuarto del Código General del Proceso, nuevamente la base para hacer postura será el(70%) del avalúo del inmueble identificado con FMI. No. 01N- 5327583, la suma de ($ 85.150.941,4); previa consignación del (40%), esto es, la suma de $ 34.060.376,56, en la cuenta de depósitos judiciales No.[cuenta protegida] que este [juzgado protegido] nuevamente la publicación de la diligencia de remate programada, en el periódico El Colombiano, el día domingo con antelación no inferior a (10) días a la fecha señalada para el remate, listado en el cual deberá indicar los datos que prescribe el artículo 450 del C.G.P. Con la constancia de la publicación del aviso de remate, se deberá allegar certificado de tradición y libertad del inmueble a rematar, expedido dentro del mes anterior a la fecha de diligencia de remate. (Inciso 2 del artículo 450 del C.G.P.). Sin necesidad de presentación de un nuevo avalúo, comoquiera que el presentado fue expedido en un término inferior a un año. No siendo otro el objeto de la presente diligencia se da por terminada la misma a las 10:00 am del 7 de abril de 2026. Actúa como secuestre [secuestre]. Celular [teléfono protegido]. Jhonny Braulio Romero. Rodriguez. Juez
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Inmueble · Medellín
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