Imagen referencialInmueble rural en remate judicial - Aguazul
bien inmueble rural ubicado en la vereda TILODIRAN del Municipio de Yopal. Con los siguientes linderos: NORTE: En longitud de 10,00 ml, eje limítrofe propiedad contigua, alampúas y…
vereda TILODIRAN del Municipio de Yopal
Este inmueble rural ubicado en Aguazul, Casanare sale a remate judicial. La audiencia de remate está programada para el viernes, 19 de junio de 2026 a las 09:00, en modalidad virtual (microsoft teams). El valor base de la subasta es $ 46.433.604, equivalente al 70% del avalúo de $ 66.333.720. El remate se adelanta, dentro de un proceso ejecutivo hipotecario de menor cuantía, ante el JUZGADO PRIMERO PROMISCUO MUNICIPAL DE AGUAZUL - CASANARE.
Proceso
- Juzgado
- JUZGADO PRIMERO PROMISCUO MUNICIPAL DE AGUAZUL - CASANARE
- No. Proceso
- 8501040-...
- Tipo proceso
- Ejecutivo Hipotecario de Menor Cuantía
- Demandantes
- [1 parte]
- Demandados
- [1 parte]
Bien inmueble
- Descripcion
- bien inmueble rural ubicado en la vereda TILODIRAN del Municipio de Yopal. Con los siguientes linderos: NORTE: En longitud de 10,00 ml, eje limítrofe propiedad contigua, alampúas y…
- Folio matricula
- 470-...
Remate
- Fecha
- viernes, 19 de junio de 2026
- Hora
- 09:00
- Modalidad
- Virtual (Microsoft Teams)
- Avaluo
- $ 66.333.720
- Base remate
- $ 46.433.604
- Porcentaje
- 70%
Contacto
- Juzgado
- j*****@******.co
- Secuestre
- MARPIN...
- Telefono
- 310****32
- Email secuestre
- m*****@*******.com
FECHA: 2026-05-17 CATEGORÍA: Edictos art. 450 c.g.p 22862. RAMA JUDICIAL - CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA. REPUBLICA DE COLOMBIA - DIRECCIÓN EJECUTIVA SECCIONAL DE ADMINISTRACIÓN JUDICIAL - [juzgado protegido], 850104 089001 [dirección protegida] [correo protegido] AVISO DE REMATE. EI [juzgado protegido], se permite informar que dentro del proceso EJECUTIVO HIPOTECARIO DE MENOR CUANTÍA con radicado No. [número de proceso protegido] promovido por el [parte demandante] en contra del señor [parte demandada], mediante audiencia de fecha seis (6) de febrero de dos mil veintiséis (2026), SEÑALÓ LA HORA de las 9:00 A.M. del día viernes diecinueve (19) de junio de dos mil veintiséis (2026), para llevar a cabo diligencia de remate de que trata el artículo 452 del C.G.P., del bien inmueble distinguido con la matricula inmobiliaria número [matrícula protegida], de propiedad del demandado LEOPOLDO MIRANDO BUSTOS, el cual fue objeto de embargo, secuestro y avalúo dentro del presente asunto. Que el inmueble identificado con folio de matricula inmobiliaria No. [matrícula protegida] de la oficina de registro de instrumentos públicos de Yopal contiene las siguientes características: es un bien inmueble rural ubicado en la [dirección protegida]. Con los siguientes linderos: NORTE: En longitud de 10,00 ml, eje limítrofe propiedad contigua, alampúas y malla, hoy linda con predios do LUIS MARTINEZ. SUR: En longitud da 10.00 ml, con aja limítrofe vial, paramento según norma vial, linda con carreteable Cusiana - Sogamoso. ORIENTE: En longitud de 28.00 ml, por mampostería en dos segmentos dos proplatarios, linda con predios de MILTON CHAPARRO. OCCIDENTE: En longitud de 20.00 ml, ojo limítrofe, con mampostería del cementerio local de Cuplagua. Congruentes con lo esgrimido, de conformidad a lo preceptuado en el artículo 7º de la ley 2213 de 2022, la audiencia se celebrará de FORMA VIRTUAL, través de la plataforma Microsoft Teams, plataforma autorizada por el Consejo Superior de la Judicatura. La licitación empezará a la hora antes indicada y no se cerrará sino después de haber transcurrido una hora por lo menos, de conformidad con lo establecido en el Art. 452 inc. 2 del C.G.P. El bien inmueble distinguido con la matricula inmobiliaria número [matrícula protegida] tiene como valor del inmueble - AVALÚO CATASTRAL - la suma de TREINTA Y SEIS MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL PESOS M/CTE ($36.651.000) y el valor del inmueble de conformidad al art. 444 num. 4 del C.G.P. es de SESENTA Y SEIS MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y TRES MIL SETECIENTOS VEINTE PESOS M/CTE ($66.333.720,oo). Será POSTURA ADMISIBLE la que cubra el 70% de avalúo del bien a rematar, de conformidad con lo establecido por el artículo 448 del Código General del Proceso, y postor hábil el que previamente consigne el 40% del avalúo en la cuenta N°[cuenta protegida] del Banco Agrario de Colombia de Aguazul, a órdenes de este [juzgado protegido] presentar sus ofertas al correo electrónico [correo protegido], dentro de los cinco (05) días anteriores a la celebración de la respectiva diligencia de remate y dentro de la hora siguiente al inicio de la misma. Lo anterior, de conformidad con el art. 451 y 452 del CGP. Se tiene como BASE DE LA LICITACIÓN, la suma de CUARENTA Y SEIS MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y TRES MIL SEISCIENTOS CUATRO PESOS M/CTE ($46.433.604,oo), que corresponden al 70% del avalúo del bien inmueble a rematar, de conformidad a lo dispuesto en el inciso 3º del Art. 448 del C.G. del P. Ahora bien, de igual forma toda persona interesada a participar en dicho remate ya sea de manera presencial o por medio de la plataforma (virtual), debe acreditar el interés que se tiene y presentar pruebas para dicha postura, de igual forma se debe allegar correo electrónico y demás datos personales para una oportuna comunicación y remitir el link correspondiente, para asistir a dicha audiencia. La diligencia de remate se tramitará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 452 del C.G.P. SEÑOR OFERENTE: por medio de este enlace puede unirse a la diligencia de remate o al siguiente enlace: PROCESO: 85010408 90012015 0040400 AUDIENCIA DESPACHO: [juzgado protegido] | Reunión-Unirse | Microsoft Teams Que el bien inmueble objeto de remate se encuentra bajo la custodia de la [secuestre], profesional designado por la Inspección de policía de Aguazul, Casanare, quien puede ser ubicada en [dirección protegida] de Yopal Casanare, abonado telefónico [teléfono protegido] y correo electrónico: [correo protegido] quien mostrará el bien objeto de remate. Si presenta inconveniente por favor comunicarse al correo electrónico de este Despacho Judicial: j01prmpalaguazul@cendoj. ramajudicial.gov.co Para constancia se expide el presente aviso el diecisiete (17) de abril de dos mil veintiséis (2026). DIEGO ALEJANDRO RODRÍGUEZ CÓRDOBA Secretario Firmado Por: Diego Alejandro Rodríguez Córdoba Secretario [juzgado protegido] cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 8a865474e 2b3ebae9040 1cf82a65aa cac7aa58b8 d778f407537 2023e86 30c818 Documento generado en 17/04/2026 05:39:16 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: [enlace protegido] Electronica. H39 Volver Compartir SMS Whatsapp Descargar pdf Imprimir Correo
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