Imagen referencialInmueble rural en remate judicial - Floridablanca
predio rural denominado Santa Rosa
vereda El Centro de San Vicente de Chucurí
Este inmueble rural ubicado en Floridablanca, Santander sale a remate judicial. La audiencia de remate está programada para el jueves, 4 de junio de 2026 a las 09:00:00, en modalidad virtual. El valor base de la subasta es $ 241.750.950, equivalente al 70% del avalúo de $ 345.358.500. El remate se adelanta, dentro de un proceso ejecutivo, ante el JUZGADO PRIMERO CIVIL MUNICIPAL DE FLORIDABLANCA.
Proceso
- Juzgado
- JUZGADO PRIMERO CIVIL MUNICIPAL DE FLORIDABLANCA
- No. Proceso
- 68276400300-...
- Tipo proceso
- Ejecutivo
- Demandantes
- [1 parte]
- Demandados
- [1 parte]
Bien inmueble
- Descripcion
- predio rural denominado Santa Rosa
- Folio matricula
- 320-...
Remate
- Fecha
- jueves, 4 de junio de 2026
- Hora
- 09:00:00
- Modalidad
- virtual
- Avaluo
- $ 345.358.500
- Base remate
- $ 241.750.950
- Porcentaje
- 70%
Contacto
- Juzgado
- j*****@******.co
- Secuestre
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- Telefono
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- Email secuestre
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AVISO DE DILIGENCIA DE REMATE AVISO DE REMATE REPUBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PUBLICO [juzgado protegido] [correo protegido] por medio del presente, este despacho se permite informar que dentro del proceso Ejecutivo Radicado N° [número de proceso protegido] adelantado por [parte demandante] en calidad de demandante, identificada con la cédula de ciudadanía N° 41.799.273 contra [parte demandada] como parte demandada, identificado con la cedula de ciudadanía N° 13.871.068 Se fijó el día CUATRO (04) de JUNIO de 2026 a las NUEVE DE LA MAÑANA (09:00 AM), la diligencia de remate del bien inmueble identificado con matrícula inmobiliaria N°[matrícula protegida] de la oficina de registros públicos de San Vicente de Chucurí, bien inmueble predio rural denominado Santa Rosa, ubicado en la [dirección protegida], copropiedad de la parte demandada [parte demandada], la diligencia de remate empezará a la hora citada por el [juzgado protegido] hora después de su inicio, se advierte a los interesados que podrán hacer postura dentro de los cinco (05) días anteriores al del remate o dentro de la hora siguiente al inicio de la diligencia, en los términos previstos conforme a los artículos 451 y 452 del C.G.P. El bien inmueble fue avaluado en la suma de $345.358.500, será postura admisible la que cubra el setenta (70%) por ciento del avalúo es decir la suma de $241.750.950, y para admitir al postor, éste deberá consignar previamente el cuarenta (40%) por ciento del mismo avalúo, a saber, la cantidad de $138,143.400, dinero que debe ser consignado en el Banco Agrario de Colombia del municipio de Floridablanca, a ordenes de este despacho en la cuenta N° [cuenta protegida] y a favor de la presente actuación ejecutiva también se advierte al postor que para presentar su oferta, en virtud de lo dispuesto en los artículos 451 y subsiguientes del C.G.P. concordante con el art. 7 de la ley 2213, lo puede hacer de dos formas: de manera Presencial mediante sobre cerrado que deberá radicar en la Secretaría del [juzgado protegido] remate y, también en la oportunidad que dispone el art. 452 del C.G.P. dentro de la hora siguiente a la señalada para el remate por exhorto del secretario del despacho o de manera virtual enviando escrito en documento Word cifrado con contraseña al correo electrónico [correo protegido] la contraseña será solicitada únicamente en la apertura de la subasta virtual. Se advierte a las partes y postores interesados que la diligencia de Remate se adelantará de manera virtual en disposición del parágrafo del art. 452 del C.G.P. a través del aplicativo Microsofts Teams al Link o enlace que proporcionará el despacho por solicitud previa que hará el participante postor al correo del juzgado: [correo protegido] así mismo los interesados en el remate podrán acceder a la diligencia en el equipo de su elección sea computador, tablet, celular entre otros contando para su intervención con su respectiva cámara y micrófono. Este aviso se publica conforme a lo previsto en el art. 450 del C.G.P., teniendo en cuenta que el inmueble ha sido embargado, secuestrado y avaluado en disposición del art. 448 ibidem. Mayo 24/2026 5045307
Verificación y Transparencia
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