Imagen referencialEste bien ubicado en Pasto, Nariño sale a remate judicial. La audiencia de remate está programada para el viernes, 21 de agosto de 2026 a las 9:00 a. m.. El remate se adelanta, dentro de un proceso ejecutivo singular, ante el JUZGADO TERCERO CIVIL DEL CIRCUITO DE PASTO.
Proceso
- Juzgado
- JUZGADO TERCERO CIVIL DEL CIRCUITO DE PASTO
- No. Proceso
- 2019-...
- Tipo proceso
- Ejecutivo Singular
- Demandantes
- [2 partes]
- Demandados
- [1 parte]
Bien inmueble
Remate
- Fecha
- viernes, 21 de agosto de 2026
- Hora
- 9:00 a. m.
Contacto
- Juzgado
- a*****@*******.com
- Secuestre
- ••••••••••
- Telefono
- ••••••••••
- Email secuestre
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REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO [juzgado protegido] – Pasto, veinticuatro (24) de junio de dos mil veintiséis (2026). En la fecha doy cuenta a la señora Jueza del presente asunto con memorial allegado por el abogado CAMILO ANDRÉS GONZÁLEZ MORENO, remitido mediante mensaje de datos, a través del cual solicita el reconocimiento de personería jurídica, envío de enlace del expediente y reprogramación de diligencia de remate. Igualmente, se deja constancia que junto con la solicitud fue aportado poder especial conferido por el señor MAURICIO ANGULO SÁNCHEZ, en calidad de representante legal [nombre protegido], remitido desde la dirección electrónica [correo protegido], correspondiente al canal corporativo de dicha sociedad. Sírvase proveer JASON MIGUEL ROSERO SANTACRUZ CITADOR Clase de proceso Ejecutivo singular Radicación: [número de proceso protegido] Demandante: [parte demandante] y [parte demandante] Demandado: [parte demandada] Asunto: Auto Reconoce Personería Jurídica Y Reprograma Audiencia Auto No. 01022 Pasto, veinticuatro (24) de junio de dos mil veintiséis (2026) Mediante memorial que antecede, el abogado CAMILO ANDRÉS GONZÁLEZ MORENO solicitó el reconocimiento de personería jurídica en su favor, como apoderado del PATRIMONIO AUTÓNOMO COMPRA BANCO DE BOGOTÁ V – BBVA – ITAÚ, representado por QNT S.A.S., así como la remisión del enlace del expediente y la reprogramación de la diligencia de remate. Previo a resolver, se debe tener en cuenta lo dispuesto en el proveído de 11 de junio de 2026 en el cual se requirió a QNT S.A.S. para que designe apoderado judicial que la represente dentro de este proceso. En atención a lo anterior, observa el Despacho que el requerimiento efectuado en dicho auto ha sido atendido, toda vez que se allegó poder especial debidamente conferido por quien actúa como representante legal [nombre protegido], sociedad apoderada general del patrimonio autónomo cesionario del crédito, en favor del abogado CAMILO ANDRÉS GONZÁLEZ MORENO, identificado con Cédula de Ciudadanía Número [documento protegido] y Tarjeta Profesional Número 418.644 del Consejo S. de la J., cumpliendo así con las exigencias previstas en los artículos 74 y 75 del Código General del Proceso. Así mismo, se verifica que el poder allegado fue remitido mediante mensaje de datos desde la dirección electrónica [correo protegido], la cual corresponde al canal corporativo de la sociedad QNT S.A.S., cumpliendo con lo dispuesto en la Ley 2213 de 2022. Igualmente, se constata que quien confiere el mandato es el señor MAURICIO ANGULO SÁNCHEZ, identificado con Cédula de Ciudadanía Número [documento protegido], quien actúa en calidad de representante legal [nombre protegido], sociedad que funge como apoderada general del PATRIMONIO AUTÓNOMO COMPRA BANCO DE BOGOTÁ V – BBVA – ITAÚ, condición que se encuentra expresamente indicada en el documento aportado, lo que permite tener por acreditada su facultad para conferir el poder en nombre de la entidad correspondiente. Así las cosas, resulta procedente el reconocimiento de personería jurídica al profesional del derecho mencionado. De otra parte, como consecuencia de dicho reconocimiento, se accederá a la remisión del enlace del expediente digital para que el apoderado ejerza adecuadamente su representación.Ahora bien, en lo que respecta a la solicitud de reprogramación de la diligencia de remate, se tiene que mediante constancia obrante en el expediente se evidencia que el aviso de remate fue remitido oportunamente por el Despacho para su publicación, en cumplimiento de lo ordenado. No obstante, se advierte que a la fecha, veinticuatro (24) de junio de dos mil veintiséis (2026), no se han allegado los correspondientes certificados de publicación ni los certificados de tradición expedidos por la Oficina de Instrumentos Públicos, documentos indispensables para la realización de la diligencia. En ese sentido, y aunado a lo solicitado por el litisconsorte y cesionario QNT S.A.S., quien manifiesta la necesidad de ejercer adecuadamente la representación judicial y cumplir con las cargas procesales, encuentra el Despacho procedente acceder a la reprogramación de la diligencia. En mérito de lo expuesto, el [juzgado protegido],RESUELVE: PRIMERO: RECONOCER personería jurídica al abogado CAMILO ANDRÉS GONZÁLEZ MORENO, identificado con C.C. No. [documento protegido] y T.P. No. 418.644 del Consejo Superior de la Judicatura, como apoderado del PATRIMONIO AUTÓNOMO COMPRA BANCO DE BOGOTÁ V – BBVA – ITAÚ, en los términos y para los efectos del poder conferido.SEGUNDO: REMITIR el enlace del expediente digital al apoderado reconocido al correo [correo protegido], para lo de su cargo.TERCERO: ACCEDER a la solicitud de reprogramación de la diligencia de remate, elevada por el litisconsorte y cesionario QNT S.A.S., por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia; en consecuencia, SEÑALAR como nueva fecha para la diligencia de remate el día veintiuno (21) de agosto de dos mil veintiséis (2026), a partir de las 9:00 a. m.CUARTO: Una vez en firme esta providencia remítase el nuevo aviso de remate a las partes interesadas para su publicación y el cumplimiento de las cargas procesales a su cargo. NOTIFÍQUESE y CUMPLASE AURA MARIA ROSERO NARVAEZ JUEZAFirmado Por: Aura Maria Rosero Narvaez Jueza [juzgado protegido] cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: e48d4c0b7adcd37c4e24d436cd736168f751af70613c5c4924298738987ab7db Documento generado en 24/06/2026 05:17:53 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: [enlace protegido]
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