Imagen referencialEste vehículo ubicado en Bogotá sale a remate judicial. La audiencia de remate está programada para el jueves, 11 de junio de 2026 a las 11:00 a.m., en modalidad mixta (virtual como presencial). El remate se adelanta ante el JUZGADO 12 CIVIL MUNICIPAL DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS.
Proceso
- Juzgado
- JUZGADO 12 CIVIL MUNICIPAL DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS
- No. Proceso
- 110014003021-...
- Demandantes
- [0 partes]
- Demandados
- [0 partes]
Bien inmueble
- Descripcion
- vehículo de placa n.° DBT 935
Remate
- Fecha
- jueves, 11 de junio de 2026
- Hora
- 11:00 a.m.
- Modalidad
- mixta (virtual como presencial)
Contacto
- Juzgado
- r*****@******.co
- Secuestre
- ••••••••••
- Telefono
- ••••••••••
- Email secuestre
- ••••••••••
FECHA: 2026-05-24 CATEGORÍA: Edictos art. 450 c.g.p Rama Judicial. Consejo Superior de la Judicatura. República de Colombia. Señor usuario si su proceso es hibrido y/o digital consulte las decisiones, actuaciones, memoriales y anexos en el siguiente enlace: [enlace protegido] ramajudicial.gov.co/ consultas-externas/. [juzgado protegido], D.C., seis (6) de mayo dos mil veintiséis (2026) Radicado: [número de proceso protegido]. Visto el escrito que antecede, y verificando que para la correcta publicación de la diligencia programada el término resulta insuficiente, se evidencia que es necesario cambiar la fecha, por lo cual, se dispone: Señalar fecha para llevar a cabo la diligencia en la que en pública subasta se licitará el bien mueble vehículo de placa n.° DBT 935, esto es, el día 11 del mes de junio del año 2026 a las 11:00 a.m. Será postura admisible la que cubra el 70% del avalúo del bien mueble a rematar, consignado previamente el 40% del valor de este, por así disponerlo el artículo 451 del Código General del Proceso, en concordancia con el canon 448 de la misma codificación. Publicar el aviso de que trata el artículo 450 ibidem, el domingo en uno de los periódicos de amplia circulación de la localidad donde se encuentra ubicado el bien mueble a rematar, con antelación no inferior a diez (10) días previos a la fecha señalada para el remate, incluyéndose la información que aquí se relaciona sobre el trámite de la audiencia. Allegar una copia informal de la página del periódico en que se haya hecho la publicación antes de la apertura de la licitación y un certificado de tradición y libertad del bien mueble objeto de subasta expedido dentro del mes anterior a la fecha prevista para la diligencia. Previo a la fecha y hora señalada, la publicación también podrá allegarse de manera legible en formato PDF al correo institucional [correo protegido] donde deberá observarse claramente la fecha en que se realizó y/o allegarlas de manera física, en el término señalado en el párrafo anterior. En la publicación se deberá indicar que la audiencia se efectuará de manera mixta (virtual como presencial), a través del enlace que estará publicado en la página [enlace protegido] judicial.gov.co en el micrositio del Despacho ? Remates 2026. Lo anterior, a fin de realizar el correspondiente control de legalidad. Los interesados podrán presentar: i. la oferta de forma digital debidamente suscrita con una clave personal que sólo debe conocer el oferente y que se suministrará en el desarrollo de la audiencia virtual cuando lo indique el juez. ii. Copia del documento de identidad. iii. Copia del comprobante de depósito para hacer la postura correspondiente en los términos previsto en el artículo 451 y s.s. del C.G. del P.; y para los que desean hacer postura presencial deberán presentar los aludidos documentos en original, lo que incluye la oferta en sobre cerrado, lo anterior a fin de garantizar los principios de transparencia, integridad y autenticidad, consagrados en el parágrafo del artículo 452 del Código General del Proceso. La oferta virtual deberá remitirse única y exclusivamente, al correo electrónico rematej12ejecm [correo protegido] judicial.gov.co en los términos de los artículos 451 y 452 del Código General del Proceso. Se itera que dicho documento debe ser digital con clave asignada por el oferente. Para mayor claridad se puede consultar el vídeo instructivo: ?¿Cómo realizar la oferta digital para participar en el remate virtual??. El cual encontrará en la página [enlace protegido] judicial.gov.co micrositio del Despacho ? ventana información general. Para consultar el expediente escaneado ingrese a la página [enlace protegido] judicial.gov.co micrositio del Despacho, remates 2026, para lo cual la secretaría deberá digitalizarlo y subirlo al micrositio. Advertir a los interesados en adquirir el bien subastado que remitan la postura al correo electrónico ya indicado, que su participación en la audiencia es indispensable a efectos de que suministren la contraseña del archivo digital que contenga la oferta, en el evento en que el postor no se encuentre presente en la audiencia virtual al momento de abrir los archivos digitales, o no suministre la contraseña del archivo digital, se tendrá por no presentada la oferta. Igualmente, se le hace saber al interesado que vaya a participar de la subasta de manera virtual que no se requiere su presencia física en la Oficina de Apoyo de los Juzgados Civiles Municipales de Ejecución de Sentencias de Bogotá, toda vez que todo el trámite puede ser virtual; y los interesados que vayan a participar de manera presencial deberán estar con antelación a la hora y fecha señalada en el lugar de la diligencia. Se le recuerda al usuario que desee participar de la subasta de manera virtual que la plataforma por medio de la cual se efectuará esta es mediante la aplicación teams premium, por lo que se le recomienda instalar la misma en el dispositivo correspondiente. Por la Oficina de Apoyo para los Juzgados Civiles Municipales de Ejecución de Sentencias de Bogotá créese y publíquese en el micrositio del [juzgado protegido], previo al inicio de la audiencia de remate, a través de la profesional universitaria encargada del área de remates de la Oficina de Apoyo para los Juzgados Civiles Municipales de Ejecución de Sentencias de Bogotá procédase a realizar informe por escrito en el que conste que en el presente asunto no se ha allegado solicitud de insolvencia de persona natural no comerciante de que trata el artículo 531 del Código General del Proceso y/o liquidación patrimonial consagrado en el canon 563 ibidem y/o insolvencia empresarial de que trata ley 1116 de 2006 y demás normas concordantes. Por otra parte, se requiere al secuestre designado en este asunto, para que presente informe y rinda cuentas correspondientes, de conformidad con las disposiciones del artículo 51 del Código General del Proceso. Por la Oficina de Apoyo para los Juzgados Civiles Municipales de Ejecución de Sentencias de Bogotá notifíquese por el medio más expedito y dese cumplimiento a lo dispuesto lo dispuesto en el artículo 111 del C. G. del P. concordante con el canon 11 de la ley 2213 de 2022. Déjense las constancias del caso. Notifíquese, JOHANNA MARCELA MARTÍNEZ GARZÓN, JUEZ Por anotación en estado N.º 075 del 7 de mayo de 2026. Firmado Por: Johanna Marcela Martínez Garzón, Juez [juzgado protegido], D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12. Código de verificación: 8947048526 fef629fd9f8b 5f6807b821 2c64bb7cce 366843d08207 bbcb3f7820. Documento generado en 06/05/2026 12:38:09 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: [enlace protegido] electronica.rama judicial.gov.co/ FirmaElectronica. C11 Volver Compartir SMS Whatsapp Descargar pdf Imprimir Correo
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