Imagen referencialInmueble en remate judicial - Primero de Mayo, Valledupar
Inmueble ubicado en la carrera 19 n.º 21-13, barrio Primero de Mayo de Valledupar, con matrícula inmobiliaria 190-12225 y número catastral 01-03-0004-0023-000, de propiedad de JUAN…
carrera 19 n.º 21-13, barrio Primero de Mayo de Valledupar
Este inmueble ubicado en el barrio Primero de Mayo, Valledupar, Cesar sale a remate judicial. La audiencia de remate está programada para el miércoles, 11 de noviembre de 2026 a las 09:30 a. m., en modalidad virtual. El valor base de la subasta es $ 204.128.400, equivalente al 70% del avalúo de $ 291.612.000. El remate se adelanta, dentro de un proceso ejecutivo, ante el Juzgado Quinto Civil del Circuito de Valledupar, Cesar.
Proceso
- Juzgado
- Juzgado Quinto Civil del Circuito de Valledupar, Cesar
- No. Proceso
- 20001-...
- Tipo proceso
- Ejecutivo
- Demandantes
- [1 parte]
- Demandados
- [1 parte]
Bien inmueble
- Descripcion
- Inmueble ubicado en la carrera 19 n.º 21-13, barrio Primero de Mayo de Valledupar, con matrícula inmobiliaria 190-12225 y número catastral 01-03-0004-0023-000, de propiedad de JUAN…
- Folio matricula
- 190-...
- Barrio
- Primero de Mayo
Remate
- Fecha
- miércoles, 11 de noviembre de 2026
- Hora
- 09:30 a. m.
- Modalidad
- Virtual
- Avaluo
- $ 291.612.000
- Base remate
- $ 204.128.400
- Porcentaje
- 70%
Contacto
- Juzgado
- j*****@******.co
- Secuestre
- BEDEL...
- Telefono
- ••••••••••
- Email secuestre
- j*****@*******.com
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Clasificados Vehículos Inmuebles Empleos Varios precio no suministrado Venta Descripción Rama Judicial Consejo Superior de la Judicatura Republica de Colombia AVISO REMATE EL SECRETARIO DEL [juzgado protegido], CESAR, AVISA: Que, en el proceso Ejecutivo promovido por: [parte demandante] identificada con cedula de ciudadanía No. 22.399.955, contra [parte demandada] identificado con cedula de ciudadanía No. 12.709.381, el cual se identifica con el Radicado No 20001-31-03-005- 2024-00095-00, se ha señalado 11 de noviembre de 2026, a las 9:30 a. m., para la diligencia virtual de remate del inmueble ubicado en la [dirección protegida], con matrícula inmobiliaria [matrícula protegida] y número catastral 01-03- 0004-0023-000, de propiedad de [parte demandada] identificado con cedula de ciudadanía No. 12.709.381; el cual se encuentra debidamente embargado y secuestrado por la señora [empresa secuestre], identificada con Nit [documento protegido] con notificación física en la ciudad Barranquilla Carrera 41 D N. ° 74 – 95 Apto 1022 y dirección electrónica [correo protegido], a través del secuestre [secuestre]. Este inmueble fue avaluado en la suma de DOSCIENTOS NOVENTA Y UN MILLONES SEISCIENTOS DOCE MIL PESOS M/CTE ($291.612.000). Anúnciese el remate con el cumplimiento de las formalidades de que trata el artículo 450 del Código General del Proceso, haciéndose las publicaciones de rigor en un periódico de amplia circulación en la localidad tales como el Pilón o Heraldo o en otro medio masivo de comunicación tales como caracol radio o La voz del Cañahuate., informando que el expediente se encuentra digitalizado y disponible para la consulta de los interesados en el micrositio del [juzgado protegido] [enlace protegido], módulo remates. Por secretaria líbrese el aviso respectivo. La licitación comenzará a las nueve de la mañana (09:30 am), del citado día, y transcurrida una hora desde el comienzo de la misma, se abrirán los sobres y se leerán en alta voz las ofertas que reúnan los requisitos señalados en el artículo 452 del C.G.P., a continuación, se adjudicará el bien al mejor postor, siendo postura admisible la que cubra el setenta por ciento (70%) del avalúo, equivalente a la suma de $ $204.128.400 y el depósito para hacer postura será $116.644.800, de acuerdo con los artículos 448 y 451 del CGP y sin perjuicio de las excepciones legales., a órdenes del [juzgado protegido] Valledupar – Cesar. Se les advierte que la diligencia será realizada de manera virtual, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 07 de la ley 2213 del 2022, a través de la plataforma dispuesta por la rama judicial. La audiencia de remate se regirá por las siguientes reglas: ∙ Las ofertas serán reservadas y permanecerán bajo custodia del juez, en el buzón digital del despacho. En la celebración de la audiencia virtual será necesaria la presencia de los postores, que hubieren hecho ofertas. ∙ Para la postura en el remate virtual, la oferta debe remitirse de forma digital, legible y debidamente suscrita; la clave será suministrada por el ofertante únicamente al Juez en el desarrollo de la audiencia virtual, en la forma y oportunidad prevista en el artículo 452 del Código General del Proceso. ∙ El juez o el encargado de realizar la audiencia virtual de remate abrirá la oferta digital y leerá las ofertas en la oportunidad, con las formalidades y los requisitos señalados en el artículo 452 del Código General del Proceso. Sólo se tendrán por presentadas en debida forma las posturas electrónicas que cumplan los siguientes requisitos y que sean allegadas dentro de las oportunidades previstas en los artículos 451 y 452 del C.G.P. La postura de remate deberá cumplir con los siguientes requisitos: Bien o bienes individualizados por los que se pretende hacer postura – ∙Cuantía individualizada por cada bien al que se hace postura. – ∙El monto por el que hace la postura. – ∙La oferta debe estar suscrita por el interesado. Si es persona natural se deberá indicar nombre completo e identificación del postor, número de teléfono y correo electrónico de éste o su apoderado cuando se actúe por intermedio de aquél. Si esa una persona jurídica deberá informar la Razón Social de la entidad, Número de Identificación Tributaria (NIT), nombre completo del representante legal, número de identificación del representante legal, número de teléfono y correo electrónico de la entidad o del apoderado judicial si se actúa a través de este. Copia del documento de identidad del postor si éste es persona natural, o de Certificado de Existencia y Representación si el postulante es una persona jurídica, con fecha de expedición no superior a 30 días. ∙ Copia del poder y documento de identidad del apoderado, con la facultad expresa cuando se pretenda licitar o solicitar adjudicación en nombre de su representado. ∙Copia del comprobante de depósito judicial para hacer la postura correspondiente en los términos de los previsto en el en el artículo 451 del Código General del Proceso. A fin de salvaguardar la reserva y seguridad que debe contener la oferta digital conforme a las formalidades exigidas por el artículo 452 del Código General del Proceso, la postura electrónica y todos sus anexos, deberá constar en un solo archivo digital, el cual estará protegido con la respectiva contraseña que le asigne el postulante. ∙La oferta digital deberá remitirse única y exclusivamente, al correo designado por el despacho o al centro de servicios. Para lo anterior, se les informa a los interesados y apoderados judiciales de las partes que los canales disponibles de comunicación del [juzgado protegido] [correo protegido] y el abonado telefónico (605) 5885691 ext. 128, a los cuales podrán comunicarse para recibir información sobre la manera en que se desarrollará la diligencia y contar con asistencia técnica para la efectividad de la misma. Las ofertas del remate se recibirán exclusivamente en el correo institucional del juzgado [correo protegido] y deben ser remitidas en documento cifrado con contraseña, a fin de garantizar que su contenido solo pueda conocerse en el momento de la diligencia; y en el asunto del mensaje de datos se deberá indicar “POSTURA DE REMATE 2024-00095-00”. JOSE IGNACIO CERVANTES RESTREPO Secretario. Firmado Por: Jose Ignacio Cervantes Restrepo Secretario [juzgado protegido] y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 5c865df 94dd4d 785c5cbd 741910671448eff 5bd344296ac 9139742b 313fd6b de Documento generado en 09/10/2026 04:00:25 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: [enlace protegido] /Firma Electrónica. IDWEB:1585086 Ubicación Barranquilla Fecha de publicación Publicado 2026-10-18 00:00:00 Ficha técnica Detalles Adicionales Condiciones Rama Judicial Consejo Superior de la Judicatura Republica de Colombia AVISO REMATE EL SECRETARIO DEL [juzgado protegido], CESAR, AVISA: Que, en el proceso Ejecutivo promovido por: [parte demandante] identificada con cedula de ciudadanía No. 22.399.955, contra [parte demandada] identificado con cedula de ciudadanía No. 12.709.381, el cual se identifica con el Radicado No 20001-31-03-005- 2024-00095-00, se ha señalado 11 de noviembre de 2026, a las 9:30 a. m., para la diligencia virtual de remate del inmueble ubicado en la [dirección protegida], con matrícula inmobiliaria [matrícula protegida] y número catastral 01-03- 0004-0023-000, de propiedad de [parte demandada] identificado con cedula de ciudadanía No. 12.709.381; el cual se encuentra debidamente embargado y secuestrado por la señora [empresa secuestre], identificada con Nit [documento protegido] con notificación física en la ciudad Barranquilla Carrera 41 D N. ° 74 – 95 Apto 1022 y dirección electrónica [correo protegido], a través del secuestre [secuestre]. Este inmueble fue avaluado en la suma de DOSCIENTOS NOVENTA Y UN MILLONES SEISCIENTOS DOCE MIL PESOS M/CTE ($291.612.000). Anúnciese el remate con el cumplimiento de las formalidades de que trata el artículo 450 del Código General del Proceso, haciéndose las publicaciones de rigor en un periódico de amplia circulación en la localidad tales como el Pilón o Heraldo o en otro medio masivo de comunicación tales como caracol radio o La voz del Cañahuate., informando que el expediente se encuentra digitalizado y disponible para la consulta de los interesados en el micrositio del [juzgado protegido] [enlace protegido], módulo remates. Por secretaria líbrese el aviso respectivo. La licitación comenzará a las nueve de la mañana (09:30 am), del citado día, y transcurrida una hora desde el comienzo de la misma, se abrirán los sobres y se leerán en alta voz las ofertas que reúnan los requisitos señalados en el artículo 452 del C.G.P., a continuación, se adjudicará el bien al mejor postor, siendo postura admisible la que cubra el setenta por ciento (70%) del avalúo, equivalente a la suma de $ $204.128.400 y el depósito para hacer postura será $116.644.800, de acuerdo con los artículos 448 y 451 del CGP y sin perjuicio de las excepciones legales., a órdenes del [juzgado protegido] Valledupar – Cesar. Se les advierte que la diligencia será realizada de manera virtual, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 07 de la ley 2213 del 2022, a través de la plataforma dispuesta por la rama judicial. La audiencia de remate se regirá por las siguientes reglas: ∙ Las ofertas serán reservadas y permanecerán bajo custodia del juez, en el buzón digital del despacho. En la celebración de la audiencia virtual será necesaria la presencia de los postores, que hubieren hecho ofertas. ∙ Para la postura en el remate virtual, la oferta debe remitirse de forma digital, legible y debidamente suscrita; la clave será suministrada por el ofertante únicamente al Juez en el desarrollo de la audiencia virtual, en la forma y oportunidad prevista en el artículo 452 del Código General del Proceso. ∙ El juez o el encargado de realizar la audiencia virtual de remate abrirá la oferta digital y leerá las ofertas en la oportunidad, con las formalidades y los requisitos señalados en el artículo 452 del Código General del Proceso. Sólo se tendrán por presentadas en debida forma las posturas electrónicas que cumplan los siguientes requisitos y que sean allegadas dentro de las oportunidades previstas en los artículos 451 y 452 del C.G.P. La postura de remate deberá cumplir con los siguientes requisitos: Bien o bienes individualizados por los que se pretende hacer postura – ∙Cuantía individualizada por cada bien al que se hace postura. – ∙El monto por el que hace la postura. – ∙La oferta debe estar suscrita por el interesado. Si es persona natural se deberá indicar nombre completo e identificación del postor, número de teléfono y correo electrónico de éste o su apoderado cuando se actúe por intermedio de aquél. Si esa una persona jurídica deberá informar la Razón Social de la entidad, Número de Identificación Tributaria (NIT), nombre completo del representante legal, número de identificación del representante legal, número de teléfono y correo electrónico de la entidad o del apoderado judicial si se actúa a través de este. Copia del documento de identidad del postor si éste es persona natural, o de Certificado de Existencia y Representación si el postulante es una persona jurídica, con fecha de expedición no superior a 30 días. ∙ Copia del poder y documento de identidad del apoderado, con la facultad expresa cuando se pretenda licitar o solicitar adjudicación en nombre de su representado. ∙Copia del comprobante de depósito judicial para hacer la postura correspondiente en los términos de los previsto en el en el artículo 451 del Código General del Proceso. A fin de salvaguardar la reserva y seguridad que debe contener la oferta digital conforme a las formalidades exigidas por el artículo 452 del Código General del Proceso, la postura electrónica y todos sus anexos, deberá constar en un solo archivo digital, el cual estará protegido con la respectiva contraseña que le asigne el postulante. ∙La oferta digital deberá remitirse única y exclusivamente, al correo designado por el despacho o al centro de servicios. Para lo anterior, se les informa a los interesados y apoderados judiciales de las partes que los canales disponibles de comunicación del [juzgado protegido] [correo protegido] y el abonado telefónico (605) 5885691 ext. 128, a los cuales podrán comunicarse para recibir información sobre la manera en que se desarrollará la diligencia y contar con asistencia técnica para la efectividad de la misma. Las ofertas del remate se recibirán exclusivamente en el correo institucional del juzgado [correo protegido] y deben ser remitidas en documento cifrado con contraseña, a fin de garantizar que su contenido solo pueda conocerse en el momento de la diligencia; y en el asunto del mensaje de datos se deberá indicar “POSTURA DE REMATE 2024-00095-00”. JOSE IGNACIO CERVANTES RESTREPO Secretario. Firmado Por: Jose Ignacio Cervantes Restrepo Secretario [juzgado protegido] y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 5c865df 94dd4d 785c5cbd 741910671448eff 5bd344296ac 9139742b 313fd6b de Documento generado en 09/10/2026 04:00:25 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: [enlace protegido] /Firma Electrónica. IDWEB:1585086 condiciones: Ut enim ad minim veniam, quis nostrud exercitation ullamco laboris nisi ut aliquip ex ea commodo consequat. Información del Anunciante Nombre: FELIPE ARGOTE PEREZ
Verificación y Transparencia
Origen de la Información
Estado del Aviso
Antes de hacer una postura, verifica
El proceso en Rama Judicial
Consultar proceso en Rama JudicialBusca por número de radicación (disponible con suscripción)
Contacto directo con el secuestre
Disponible con suscripción
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Inmueble · Valledupar
Avaluado en $ 291.612.000
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